A partir del 15/12/2025 la Declaración Jurada sobre Beneficiario Final, exigida por la Resolución 112/2021 de UIF (ver DTR 7/2024), cuenta con tres nuevas modalidades de confección y presentación:'
| Informes/certificados | Trámite común | Trámite urgente | Trámite urgente exprés |
|---|---|---|---|
| N° 1 (dominio), N°2 (inhibiciones), Certificados de dominio e inhibiciones |
dentro de los 6 días, sin contar el día de su presentación | dentro de los 3 días, sin contar el día de su presentación | al día hábil siguiente de la presentación |
| N° 3 | dentro de los 2 días, sin contar el día de su presentación | al día hábil siguiente de la presentación | |
| Nº 4 y 6 | dentro de los 10 días, sin contar el día de su presentación | ||
| Nº 5 | despacho inmediato | ||